Miguel Cardoza
Twitter: @MiguelCardoza
San Fernando de Apure
“Se están
presentando situaciones irregulares dentro de instituciones adscritas a la
gobernación, referente a violaciones de los derechos de trabajadores y trabajadoras
que perjudican familias apureñas”, así lo manifestó la MSC. Maritza Gil, secretaria
del Departamento de la Mujer y la Familia del Sindicato Único de Empleados
Públicos, asegurando que han recibido diferentes denuncias de mujeres que “prácticamente
son obligadas a realizar trabajos forzosos, funciones que no les competen de
acuerdo al cargo que desempeñan”.
Agregó que hay
casos de vejaciones y amenazas enviándolas a la orden de personal. “Están
pasando por encima del Decreto de Inamovilidad Laboral, además es de hacer
notar, que la Ley Orgánica sobre el
derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en su artículo 15 numeral
11, establece la definición de violencia laboral que es lo que se está
presentando en estos casos y que el Ministerio Publico tiene una fiscalía
especial para casos de violencia de género”, comentó.
También resaltó que existen diferentes documentos legales de carácter
nacional e internacional que protegen directamente los derechos de la mujer
entre los que están la Ley Aprobatoria de la Convención sobre la eliminación de
todas las formas de discriminación contra la Mujer la Convención Interamericana
para Prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. “Muchas de
estas violaciones quedan sin efecto porque las mujeres temen hacer la denuncia
respectiva por miedo a que el patrono tome represalias contra ellas, por eso
hacemos un llamado al gobernador a que se manifieste al respecto y promueva un
clima de mayor seguridad a las trabajadoras para que no teman denunciar este
tipo de eventos”, expresó Gil.
Entre los casos de mayor gravedad, son situaciones donde mujeres embarazadas
se han enviado a la orden de personal o a otra institución, haciendo la
salvedad que “no se están despidiendo”, sin embargo la inamovilidad laboral
comprende también el no traslado o desmejoramiento.
“El artículo 335 de la LOTTT brinda una protección especial de
inamovilidad laboral a la mujer con estado de gravidez, desde la gestación
hasta dos años
después del parto, de la misma manera el padre también goza de inamovilidad
laboral hasta un año después del nacimiento del hijo, según lo establecido en
el artículo 8 de laLey para protección
de las familias, la maternidad y la paternidad”, señaló.
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