miércoles, 21 de diciembre de 2011

Sindicalistas denuncian que se buscan elementos para llevarlos a juicio

Miguel Cardoza
Twitter: @MiguelCardoza
San Fernando de Apure

Rubén Cabrera, secretario general de Sintrasalud, denunció que en el acta donde se reestablecen los derechos de un trabajador, luego de acudir a la inspectoría del trabajo, un funcionario del despacho “se aprovechó” para acusar a dirigentes sindicales de un delito que no tenía cabida dentro del documento, ya que no estaba relacionado con  el litigio.
“Nosotros  (Cabrera y el abogado Miguel Barrios), formulamos una denuncia contra el Dr. Leonardo Montilla, jefe de sala sindical de la Inspectoría del Trabajo de San Fernando, porque el día de hoy (ayer), se nos violentó nuestro derecho constitucional, en un acto que estaba planteado para la defensa de los intereses laborales de un trabajador de la salud… en ese mismo acto Montilla se prestó para que nos señalaran (en el acta), por un hecho que nosotros no hemos cometidos … contra ellas, (representantes del patrono de la salud), como mujer” explicó.
Cabrera hizo un llamado a la inspectora del trabajo y al gobernador del estado para que “funcionarios como estos no estén en la administración pública” porque considera “lo que hacen es entorpecer el funcionamiento de las instituciones”. Por su parte, Miguel Barrios, abogado e integrante del referido gremio, dijo que estos señalamientos, en el futuro, pueden dar pie a una acusación penal, por lo tanto negó y rechazó la acusación.
“Se nos está simulando los delitos de violencia contra la mujer, además de actos violatorios al estatuto de la función pública, como falta de respeto al patrono (…) ellos están buscando para generarnos un juicio penal por violencia contra la mujer, algo que no hemos cometido… lo otro buscando un expediente administrativo interno por las reiteradas protestas y denuncias que hemos hecho contra quienes lo están haciendo mal; lo que si estamos seguro es que primero salen ellos y el mismo Montilla, que nosotros de la dirigencia sindical” expresó.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

LA VERDAD DE JURÍDICA DE TODO ES ESTA:la representación sindical ha querido estar en los actos de los trabajadores pese a que los mismos primero están en mora electoral y su función en este momento es de simple administración del mismo, y sus funciones como tales son de tramitar pliegos conciliatorios, conflictivos, convenciones colectivas y no de la asistencia del trabajador como tal ya que de conformidad con los artículos 26 y 49 de nuestra constitución le corresponde es la asistencia jurídica, es decir el trabajador debe ser asistido es por abogados en libre ejercicio o el procurador del trabajo tal como lo establecen los artículos mencionados anteriormente, es necesario resaltar que cada vez que los sindicalistas asisten a una audiencia toman una conducta contumaz y de falta de respeto hacia la parte patronal. Y ellos son MIGUEL BARRIOS Y RUBEN CABRERA, quienes amenazan constantemente a uno como mujer y como trabajadoras de INSALUD APURE. Por lo que concluido el acto las partes suscribieron las actas y los ciudadanos RUBEN CABRERA Y MIGUEL BARRIOS, esperaron al trabajador en la puerta de la Sala Laboral de Reclamos y le quitaron el acta al trabajador y amenazaron al Jefe de Sala Laboral de Reclamos, con denunciarlo ante la prensa regional y ante el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social, para que sea destituido, por el hecho de haber dejado constancia de lo pedido por la parte patronal. Reflexionen señores sindicalistas ustedes no deben actuar fuera de la ley ya que eso es deshonestidad.

Anónimo dijo...

Es lamentable que Dos sindicalistas de insalud apure, no sepan cuales son sus verdaderas funciones, ellos saben que fallaron y grandemente, por lo tanto deben reconocer sus errores para no andar por allí cometiendo transgresiones de la LEY. Allí les dejo esa.

Anónimo dijo...

Es muy cierto en los comentarios anteriores, en virtud de que la Ley Orgánica del Trabajo vigente establece en uno de sus artículos lo siguiente: Los sindicatos de trabajadores tendrán las siguientes atribuciones y finalidades: d) Representar y defender a sus miembros y a los trabajadores que lo soliciten, aunque no sean miembros del sindicato, en el ejercicio de sus intereses y derechos individuales en los procedimientos administrativos que se relacionen con el trabajador, y, en los judiciales sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos para la representación; y, en sus relaciones con los patronos; y los requisitos para la representación son la asistencia jurídica de acuerdo con los artículos 26 y 49 constitucional, cuestión que no pueden garantizar los dos sindicalistas, lo otro es que ellos los sindicalistas deben hacer actos de simple administración de sus sindicatos, ya que están en mora electoral, por lo tanto ellos deben ubicarse en tiempo y espacio y no estar haciendo lo que no les corresponde ya que lo que han venido haciendo de manera continua, genera un clima no armónico y de irrespeto a la Inspectoría del Trabajo de San Fernando de Apure, los hechos realizados por MIGUEL BARRIOS Y RUBEN CABRERA SON O RAYAN DE ilegalidad e inconstitucionalidad. Además actualmente en nuestro país se garantizan los Derechos de los Trabajadores y las Trabajadoras, gracias a la existencia de Abogados pagados por la nación que por cierto lo hacen muy bien. Lo otro es que los patronos deben sancionar a sus empleados que no están cumpliendo con sus verdaderas funciones, no se debe confundir la libertad sindical con libertinaje, o con libertades ilimitadas.

Anónimo dijo...

ESO ES AMARILLISMO, NO HAY SERIEDAD, LA DENUNCIA ES FALSA Y CON MALAS INTENSIONES, ESTÁN LLENOS DE ODIO, SON UNOS RESENTIDOS SOCIALES, DONDE QUIERA QUE VAN TIENEN PROBLEMAS CON TODO EL MUNDO... LAS MENTIRAS TIENEN PATAS CORTAS, SON UNOS QUINTA COLUMNA.