Miguel Cardoza
San Fernando de Apure
Este Sábado 11 de octubre se llevó a cabo en la Casa Sindical y sede de la Confederación de trabajadores, del estado Apure (FETRAPURE), un foro acerca de las 26 leyes y su impacto en los trabajadores y el venezolano común titulado Analisis de las 26 leyes habilitantes y por ende como influye en los trabajadores Venezolanos.
La conferencia tuvo como ponente al Dr carlos Guevara, Abogado Constitucionalista quien fué ivitado por e sindicato para dictar dicho foro, en el cual se desglosaron basicamente 3 de las 26 leyes (La del INDEPABIS, la de Economía Popular y la de Habitat y Vivienda), el acto contó con la presencia de Minerva Ortega presidenta de la CTV Apure y de su colega de FETRAGUÁRICO Andrea Parra.
Este acto es de vital importancia debido a su influencia informativa para conocer de estos instrumentos y por ende al encontrar contradicciones a la Constitución Nacional rechazarlos para evitar que se nos cercenen nuestros derechos como trabajdores y ciudadanos.
La reunión realizada este Sabado mostró las diferencias entre la Constitución de 1999 la cual es mas pluralista, descentralizada, alternativa y de mandatos revocables y en estos instrumentos legales algunos de estos principios se violan.
Las 26 Leyes se dividen en diferentes areas. Se aprobaron 1 en materia Militar, 4 en Turismo, 6 en Agricultura y ganadería, 7 en Administración Pública, 3 en Vivienda, 2 en Seguridad Social y 3 en Economía y bancos.
En la Ley del Instituto para la Defensa de las personas en el acceso a los bienes y servicios (INDEPABIS), lo que antes conociamos como Instituto de Defensa del Consumidor y Usuario (INDECU), se sustituye la palabra consumidor por acceder a los bienes y servicios dandole mas potestad al estado por medio del comité de abastecimiento por el cual se podrá detérminar que tipo de comida se podrá consumir de acuerdo a lo que el estado considere necesario y de prioridad en determinada población. Tambien se vulnera el principio de presunción de inocencia, se cierra y luego se investiga, para ejemplificar casos como este, me refiero al cierre esta semana de una cadena de comida rápida en Caracas porque el Indepabis encontró presuntas irregularidades y por problemas en dicha establecimiento las demas franquicias a nivel nacional fueron tambien cerradas por 48 horas.
Tambien se arremte contra la Propiedad Privada porque se declara de utilidad pública los bienes necesarios para desarrollar actividades. Esto se concreta en casos comunes como "el de un ciudadano que posee un camión para transportar maiz, se le puede declarar propiedad del estado." Este texto viola el articulo 115 de la Constitución.
De igual manera el derecho a huelga se limita porque da pie a ocupación estatal pasando por encima del articulo 97 de la Carta Magna.
TAMBIEN AFECTA EN MATERIA DE VIVIENDA
En el articulo 75 de la Ley de Vivienda y habitat aprobada vía habilitante se invade la competencia de la ley del Seguro Social, mediante el Centralismo y la eliminación de las OCV. El articulo 76 tambien hace ver un aspecto muy preocupante porque establece que el ciuadadano no es propietario sino adjudicatorio.
IGUAL EN ECONOMIA POPULAR
La Norma que regirá la Economía Popular obliga a incorporarse a una brigada de trabajo comunitario. Tambien estipula el Trueque Comunitario Directo e Indirecto; es decir "un ciudadano produce pernil y su vecino produce Leña debes darle lo que tu produce a cambio de lo que el tenga sin importar que lo que el produzca no lo necesites". Segun esta Ley sino cumples con lo anterior expuesto te conviertes (segun la nueva ley), en "acaparador".
Solo se desarrollaron estas tres leyes. Estos foros se seguirán desarrollando.
Es de destacar la peligrosidad de estas nuevas normas asi como tambien la llamada Ley 27 de Administración Pública la cual aplica nuevas estipulaciones buscando formar un modelo de territorio limitando a los Gobernadores y adaptandolo al sistema que quisiera implementar el ejecutivo Nacional.
Dichas Leyes deben ser rechazadas ya que su objetivo es centralizar el poder para que la toma de decisiones quede a disposición de una figura unigenita.
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