viernes, 1 de febrero de 2013

Juventud de Primero Justicia exigió al CNE habilitación de más puntos de inscripción en el Registro Electoral



Miguel Cardoza
Twitter: @MiguelCardoza
San Fernando de Apure
 
La Juventud del partido Primero Justicia en el estado Apure acudió a exigir respuestas al Consejo Nacional Electoral sobre la ampliación del operativo de inscripción de nuevos electores en el RE. Denuncian los pocos espacios habilitados para ello.
“Pareciera que no hay interés en que los jóvenes se inscriban y puedan ejercer su derecho al voto en las próximas elecciones municipales”, reclamaban los militantes de la tolda aurinegra encabezados por Yandir Loggiodice dirigente juvenil de PJ, acompañado de Julio Almeida y Regis Hernández, quienes en conjunto entregaron un documento al ente comicial.
Recordaron que en las elecciones parlamentarias de 2010 había una población flotante de 1.500.000 venezolanos y el Órgano Electoral abrió 2.200 puntos de inscripción durante 60 días. “En las elecciones Presidenciales de 2012 la población flotante y jóven era de 2.000.000 y el CNE abrió 1300 puntos de inscripción durante 60 días Ahora en el 2013 la realidad es que tenemos una población flotante de cerca de 1.000.000 y solamente tenemos 150 puntos de inscripción  en Venezuela”.
Se preguntaron ¿cuál es el criterio que el CNE utiliza ya que a solo meses de las pasadas elecciones, disminuyen de 1.300 puntos de inscripción a solo 150 puntos en todo el país.

Desde Primero Justicia proponen lo siguiente: 
 1. Extender el plazo de inscripción hasta el 26 de Febrero que permita a más jóvenes inscribirse y además permita al Consejo Nacional electoral  auditar y revisar la data.
 2. Apertura de al menos 1.000 puntos de Inscripción y Actualización
 3. Campaña de divulgación de los puntos de inscripción a nivel Nacional ya que la ciudadanía desconoce la ubicación de los pocos centros existentes.
 4.Que se permita la actualización y cambio de datos de los electores.
Artículo 35. A los efectos de la celebración de un proceso electoral, el Consejo Nacional Electoral tomará como Registro Electoral Preliminar, el corte de la data arrojada por el Registro Electoral publicado dentro de los treinta días siguientes a la convocatoria del proceso. Éste se publicará en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela o en el portal oficial de Internet del Consejo Nacional Electoral o en cualquier otro medio de información idóneo y eficaz, con las limitaciones que establezca la ley.

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